Guía de Trámites por Fallecimiento y Sucesiones: Pasos a Seguir en un Momento Difícil

Enfrentar la pérdida de un ser querido es abrumador. Esta guía te acompaña con un mapa claro de los trámites ante el Estado, bancos y, sobre todo, el proceso de sucesión para poder disponer legalmente de los bienes.

📊 Nivel: Avanzado ⏱️ Lectura: 30–35 minutos 🔄 Actualizado: Agosto 2025

Los Primeros Pasos Inmediatos (Primeras 48 Horas)

Hay dos documentos que habilitan todos los trámites posteriores.

1. Certificado Médico de Defunción

Lo emite un médico y permite contratar el servicio fúnebre e inscribir el fallecimiento en el Registro Civil.

2. Partida de Defunción

La inscribe la funeraria o la familia en el Registro Civil. Pedí varias copias: te la van a solicitar en todos lados.

Gestiones ante BPS, AFAP y Bancos

1. BPS: Pensión por Sobrevivencia y Gastos de Sepelio

Pueden corresponder al cónyuge o concubino, hijos menores de 21 o con discapacidad, y en ciertos casos padres.

2. AFAP

Los fondos acumulados son heredables. Te van a pedir Partida y luego la Declaratoria de Herederos o el Certificado de Resultancias de Autos.

3. Bancos

Las cuentas quedan congeladas tras notificar el deceso. Sólo se liberan a herederos acreditados al final del proceso sucesorio.

Sucesiones en Uruguay: Lo Esencial

Con la muerte se abre la sucesión y los bienes y deudas se transmiten a los herederos según ley o testamento. Para disponer de bienes registrables o fondos, hay que tramitar el juicio de sucesión hasta la Declaratoria de Herederos y su inscripción.

🧭 Tipos de sucesión

  • Intestada (ab intestato): no hay testamento; heredan según el orden legal.
  • Testamentaria: existe testamento válido; rige la voluntad del causante dentro de los límites legales.

📜 Orden legal de herederos (intestada)

1) Descendientes; 2) Ascendientes; 3) Cónyuge/concubino en concurrencia según el caso; 4) Colaterales (hermanos, etc.).

🏠 Derechos del cónyuge y del concubino

  • Porción conyugal (art. 881 CC): cuota mínima para el cónyuge sobreviviente.
  • Hogar conyugal (arts. 881-1 a 881-9 CC): derecho real vitalicio y gratuito de habitación y uso de muebles del hogar conyugal.
  • Concubino/a (Ley 18.246): en unión concubinaria reconocida judicialmente accede a protección equiparable en materia patrimonial y al derecho de uso/habitación en los términos legales.

Cómo se Tramita la Sucesión (Paso a Paso)

1) Verificar si hay Testamento

Se solicita certificado del Registro de Testamentos. Si hay, será sucesión testamentaria; si no, intestada.

2) Presentación Judicial

Un abogado inicia el expediente sucesorio. El juzgado publica edictos si corresponde y, con la prueba de vínculos, dicta la Declaratoria de Herederos.

3) Certificado de Resultancias de Autos (CRA)

Resumen expedido por el juzgado. Es la “cédula” que usarás para inscribir la sucesión en los Registros (Inmuebles, Vehículos, etc.).

4) Inscripción Registral

Se inscribe el CRA (y su certificado notarial complementario) en cada Registro donde haya bienes del causante. Recién ahí se puede vender/partir.

5) Partición y Adjudicación

Si hay varios herederos, se puede partir de común acuerdo ante escribano o judicialmente. En presencia de menores/incapaces, requiere venia judicial.

Documentación Habitual para la Sucesión

  • Partida de defunción del causante.
  • Partidas que acrediten vínculos (nacimiento, matrimonio/divorcio, reconocimiento, etc.).
  • Documento de identidad de herederos y del causante.
  • Certificado del Registro de Testamentos (existencia o no de testamento).
  • Documentación de bienes: cédulas catastrales/valor real, padrones, títulos, matrículas, empadronamiento y título de vehículos, estados de cuenta bancarios/AFAP, etc.
  • Constancias fiscales y municipales (Contribución, Primaria, etc.).

Costos, Impuestos y Tasas

ITP (Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales)

En sucesiones sólo grava inmuebles (y ciertos derechos sobre ellos). Se calcula sobre el valor real de Catastro a la fecha del hecho generador. Tasas de referencia: 3% en línea directa (ascendientes/descendientes) y 4% en otros casos. Plazo sugerido de gestión/pago: hasta 1 año desde el fallecimiento (luego pueden generarse recargos/multas).

Tasas/Judiciales y Registros

Se abonan tasas judiciales (timbre Tasa Judicial) y tasas registrales por la inscripción del CRA y otros actos. Los valores son variables por semestre y por acto.

Uruguay no aplica un impuesto a la herencia como tal; el principal costo tributario en la sucesión de inmuebles es el ITP. Para bienes no registrables (p. ej., dinero en cuentas) no hay ITP, pero igual necesitás el proceso sucesorio para disponer.

Plazos y Opciones del Heredero

⏳ Prescripción para aceptar/repudiar

Si nadie te intima, el derecho a aceptar o repudiar prescribe junto con las acciones reales (hoy 20 años). Cualquier interesado puede pedir al Juez que fijes posición; tras inventario, hay 40 días para decidir.

✅ Aceptar pura y simple

Heredás bienes y también deudas, sin límite.

🛡️ Aceptar con Beneficio de Inventario

Respondés por las deudas del causante sólo hasta el valor de los bienes heredados. Es una protección clave si hay pasivo dudoso.

🚫 Repudiar

Renunciás a la herencia. Útil si hay más deudas que activos o conflictos insalvables.

Si hay Menores o Personas con Capacidad Restringida

Para vender o gravar bienes de menores o de personas bajo tutela/curatela se necesita autorización judicial (venia), por regla general. En la partición también pueden requerirse controles especiales.

¿Qué pasa si no inicio la Sucesión?

  • Inmovilidad patrimonial: no se pueden vender inmuebles/vehículos ni levantar fondos bancarios/AFAP.
  • 💸 Costos por mora: el ITP de inmuebles fuera de plazo genera recargos/multas. Las tasas se actualizan y pueden aumentar.
  • 🏚️ Riesgo de usucapión: el abandono prolongado de inmuebles puede abrir camino a prescripción adquisitiva de terceros (plazo general largo).
  • 🏢 Trabas societarias/registrales: sin declaratoria, surgen bloqueos prácticos (por ejemplo, comunicaciones de beneficiario final sin poder regularizar la titularidad) y problemas de administración.
  • 🧾 Cobros pendientes: algunos haberes prescriben si no se gestionan a tiempo.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto demora una sucesión?

Depende de la complejidad, número de herederos y bienes. En casos simples, la declaratoria puede lograrse en pocos meses; luego viene la inscripción registral.

¿Puedo vender antes de inscribir?

No. Primero la Declaratoria y el Certificado de Resultancias de Autos deben estar inscriptos en el Registro correspondiente.

¿El cónyuge puede quedarse en la casa?

Sí: existe el derecho real de habitación y de uso de los muebles del hogar conyugal, vitalicio y gratuito, si se cumplen las condiciones legales (opción durante el proceso).

¿Hay impuesto a la herencia?

No hay un impuesto a la herencia como tal. El ITP sí aplica a inmuebles de la sucesión y se liquida sobre el valor real catastral actualizado.

Checklist Rápido

  • ✅ Partida de defunción + partidas de vínculo.
  • ✅ Certificado del Registro de Testamentos.
  • ✅ Relevamiento de bienes y deudas (títulos, cédulas catastrales/valor real, matrículas, cuentas, AFAP).
  • ✅ Inicio del expediente con abogado.
  • ✅ CRA y certificado notarial complementario.
  • ✅ Inscripción registral del CRA en cada Registro competente.
  • ✅ Liquidación/pago de ITP si hay inmuebles.
  • ✅ Partición/adjudicación y, si corresponde, venia judicial por menores.

¿Abrumado por el proceso sucesorio?

Nuestro asistente legal te guía en los pasos, prepara el checklist de documentos y te ayuda a decidir entre aceptación pura, beneficio de inventario o repudio, según tu caso.